martes, 29 de septiembre de 2009

CREACION DE CAIROMA


LEY Nº 1029
LEY DE 17 DE NOVIEMBRE DE 1988

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

SECCION MUNICIPAL 5a. Créase la quinta de la provincia Loayza, La Paz.

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A :

ARTICULO 1º.- Créase la QUINTA SECCION MUNICIPAL con su capital CAIROMA, en la jurisdicción de la provincia Loayza del departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción de los cantones: ASIENTO ARACA, TIENDA PATA, CAIROMA, SAYA Y KERAYA.

ARTICULO 2º.- Los límites de la nueva jursidicción son: al Norte, con el cantón Taca de la Provincia Sud Yungas; al Sud, con el cantón Porvenir de la provincia Loayza; al Este, con el cantón Choque Tanga de la provincia Inquisivi y al Oeste, con la provincia Murillo y cantón Sahapaqui de la provincia Loayza.

ARTICULO 3º.- El Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con el artículo 6to. del Decreto Supremo 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho años.

FDO. RAUL LEMA PATIÑO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.

Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a diecisiete días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho años.

Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.

No hay comentarios: